Gasóleo C – Calefacción

Es el gasóleo destinado a calefacción debido a que tiene algo menos de filtrado. Su alto contenido en parafina produce un alto poder calorífico. Está específicamente concebido para proporcionar calor.

A diferencia de otros combustibles gaseosos, es seguro por tener un punto de inflamación superior a 60ºC. Su composición cambia según la temporada, para evitar congelaciones en temperaturas extremas.

Tambo del petróleo, con un color transparente azul verdoso.

Características Gasóleo C

 

Notas aclaratorias:

(1) Son admisibles otros métodos de ensayo técnicamente equivalentes previa aprobación de CLH. En caso de disputa se seguirán los criterios sobre métodos de referencia e interpretación de resultados que se establecen en la norma EN 590.

(4) Se define como hidrocarburos aromáticos policíclicos la diferencia entre los hidrocarburos aromáticos totales y los hidrocarburos monoaromáticos. Ambos son determinados por el método IP 391 / EN ISO 12916.

(6) Además de los valores especificados, se debe informar de los valores del 10%, 50% y 90% recogido, necesarios para el cálculo del índice de cetano.

(7) Las fechas que se indican son las oficialmente establecidas para que el gasóleo esté disponible en los puntos de venta con la calidad de la nueva estación. La antelación con la que el gasóleo debe entrar en el sistema CLH para conseguir ese objetivo, se define en el apartado Especificaciones de la cláusula tercera del contrato.

(8) Esta norma sólo se aplicará cuando el gasóleo contenga más del 2% V/V de FAME. En caso de modificación de la norma, se aplicará según lo dispuesto en la última versión publicada.

(9) El biodiésel a utilizar como componente, hasta un máximo del 7,0% V/V, en la composición del gasóleo A ha de ser conforme con la especificación europea EN 14214. Como garantía de tal conformidad, CLH ha de recibir un boletín de calidad del biodiésel utilizado, con todas las características contempladas en la especificación EN 14214. Además, tambien deber recibir el boletín con todos los resultados conformes a esta norma. No es necesario que en este boletín se incluya la determinación del punto de obstrucción de filtro frío (POFF).

(10) CLH incorpora colorantes y trazadores que establecen las Órdenes OM PRE / 1724 / 2002, de 5 de julio (.BOE 10 de julio de 2002) y OM PRE / 3493 / 2004, de 22 de octubre (BOE 29 de octubre de 2004).